Trámite de apostilla y/o legalizaciones
Trámite de apostilla y/o legalizaciones
Instructivo
Dependiendo del país en el cual se deba presentar, la documentación requerida se deberá Apostillar o Legalizar.
La apostilla es la autenticación de la firma que figura en documentos emitidos o intervenidos por organismos públicos uruguayos para que puedan ser presentados en el exterior.
La legalización es la autenticación de la firma del Agente Consular de la República Oriental del Uruguay que legalizó el documento en el país de procedencia para que este tenga validez en Uruguay; así como la validación de documentos públicos uruguayos para ser presentados en países que no han ratificado el Convenio sobre la Apostilla.
Información sobre el estado actual de los países que han ratificado el Convenio sobre la Apostilla
El trámite consta de dos etapas:
1) Primera etapa - en línea: (https://www.gub.uy/tramites/apostilla-yo-legalizacion-documentos-publicos-uruguayos-extranjeros-produzcan-efectos-exterior-republica)
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Inicio del trámite: Completar la información solicitada
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Validación del trámite: El Ministerio de Relaciones Exteriores verificará que la información proporcionada se encuentre correcta y completa
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Pago del trámite: El usuario realizará el pago correspondiente a través del sistema de pago en línea o redes de cobranza Abitab o RedPagos. Los costos siempre se abonan en pesos uruguayos.
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Agenda del trámite: Una vez completado el pago, el usuario podrá agendar la cita presencial
ATENCIÓN: Dado que el sistema permite ingresar hasta un límite de 10 documentos por solicitud, para legalizar o apostillar más documentos, el usuario deberá realizar las solicitudes necesarias hasta alcanzar la cantidad deseada.
2) Segunda etapa – presencial:
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Presentación de documentación: El día de la cita previamente agendada, el usuario deberá presentarse con la documentación original (la cual fue cargada previamente al trámite), la cual será apostillada o legalizada, según corresponda, por el Ministerio de Relaciones Exteriores
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El trámite se realiza en el Ministerio de Relaciones Exteriores – Cuareim 1384
Atención:
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Se informa que en caso de que el usuario que completó la solicitud no pueda realizar el trámite personalmente, deberá completar y autorizar a un tercero a través del siguiente formulario de autorización . La persona autorizada deberá presentar dicha autorización el día de la cita.
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En caso de no concurrir el día de la agenda deberá comunicarse al correo electrónico cac@mrree.gub.uy presentando el correspondiente justificativo.
Costos actualizados para el año 2025:
Apostilla: $747 (pesos uruguayos setecientos cuarenta y siete).
Legalización: $364 (pesos uruguayos trescientos sesenta y cuatro).
INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE LOS DOCUMENTOS:
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Documento original expedido por autoridades uruguayas, sin alteraciones ni roturas y con la firma registrada.
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En caso de documentos otorgados por Escribanos, por oficinas del Poder Judicial y (traducciones) de Traductores Públicos, deberán previamente ser legalizadas por la Suprema Corte de Justicia. Ver: Poder Judicial - Inspección General de Registros Notariales
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Los documentos de estudio deberán ser previamente legalizados ante el Ministerio de Educación y Cultura (más información: Legalización de títulos y documentos estudiantiles firmados por autoridades nacionales)
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Los certificados de vacunación, documentos de oficinas del Ministerio de Salud Pública y otros documentos firmados por profesionales de la salud deben ser previamente legalizados en el Departamento de Habilitación y Control de Profesionales de la Salud (más información: Constancia para legalización de documentos firmados por profesionales de la salud registrados y habilitados por el MSP
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Documentos emitidos por BPS deben contener firma ológrafa de funcionario registrado en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
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Documentos emitidos por Obispados del interior o Iglesias deben ser previamente legalizados por el Arzobispado de Montevideo (más información: Arzobispado de Montevideo - Contacto
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Los trámites de apostilla o legalización de Certificados de Antecedentes Judiciales (CAJ) podrán ser iniciados adjuntando únicamente el ticket otorgado por la Dirección Nacional de Policía Científica o la Jefatura de su Departamento. En caso de concurrir un tercero, el titular deberá completar el siguiente formulario de retiro CAJ
PREGUNTAS FRECUENTES:
¿A qué lugar debo dirigirme si necesito apostillar un documento extranjero?
Cada documento debe ser apostillado por el país que lo emite. En el siguiente enlace se podrá consultar lista de autoridades competentes en cada país para realizar el trámite de apostillado: https://www.hcch.net/en/instruments/conventions/status-table/?cid=41
También se sugiere comunicarse con la representación consular de dicho país en Uruguay.
¿Qué validez tienen los documentos?
Las apostillas y legalizaciones no poseen vencimiento.
La vigencia del documento dependerá del organismo que lo reciba, y la misma puede variar según el país de destino. Ante cualquier consulta, se recomienda contactar a la representación consular de dicho país en Uruguay.
¿Exoneración?
Para obtener exoneración del costo del trámite conforme normativa vigente, el usuario deberá presentar un certificado que acredite su situación de vulnerabilidad social emitido por el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES)
Las legalizaciones de Carta Poder para BPS expedidas por Consulados uruguayos en el exterior, así como los traslados de cenizas firmados por Necrópolis del Departamento correspondiente, se encuentran exonerados de costo.
Dado que el sistema permite realizar la agenda una vez completado el pago del trámite, las solicitudes de exoneración mencionadas deben ser enviadas al correo electrónico: cac@mrree.gub.uy.
Contactos:
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Correo electrónico: cac@mrree.gub.uy
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Teléfono: 17707 (en el horario comprendido entre 09:30 y 15:30)
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Dirección: Cuareim 1384 – Montevideo – Ministerio de Relaciones Exteriores
Convención de la Apostilla de La Haya
Entrada en vigor de la Convención de la Apostilla para Uruguay: su significado para los documentos públicos
El 14 de octubre de 2012 la Convención de La Haya Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros de 1961 entrará en vigor para Uruguay.
Esta Convención -habitualmente denominada “Convención de la Apostilla”- introduce un procedimiento simplificado para:
Autenticar documentos públicos uruguayos a ser utilizados en el exterior (ver numeral I).
Autenticar documentos públicos extranjeros a ser utilizados en Uruguay (ver numeral II).
Tal como su nombre lo indica, el objetivo de la Convención de la Apostilla es abolir el engorroso y costoso procedimiento de legalización, que involucra a múltiples autoridades en diferentes países. Con la Convención de la Apostilla vigente en más de 100 países, la circulación de los documentos públicos uruguayos a ser utilizados en el exterior y de los documentos públicos extranjeros a ser utilizados en Uruguay será mucho más fácil.
La lista actualizada de los países donde rige la Apostilla está disponible en el sitio web de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (es decir, la Organización bajo cuyos auspicios se adoptó la Convención de la Apostilla) → ir a www.hcch.net, cliquear en “Sección Apostilla”, luego buscar el vínculo denominado “Lista actualizada de Estados Contratantes”.
NUMERAL I: Procedimiento para los documentos públicos a ser utilizados en otro país donde rija la Apostilla.
Con el nuevo procedimiento de Apostilla, se requiere solamente una única formalidad:
Llevar su documento público uruguayo al Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE) en Montevideo; allí verificarán el origen de su documento, y si corresponde, expedirán una “Apostilla” certificando su origen. Este certificado es reconocido automáticamente en todos los demás países donde rige la Apostilla. En los países donde no rige la Apostilla, se seguirán aplicando los procedimientos de legalización actuales.

NUMERAL II. Procedimiento para los documentos públicos de otro país donde rija la Apostilla a ser utilizados en Uruguay.
Con el nuevo procedimiento de Apostilla, se requiere solamente una única formalidad:
Llevar su documento público a la “Autoridad Competente” en el otro país donde rige la Apostilla que ha otorgado el documento y solicite una “Apostilla”. Este certificado es reconocido automáticamente en Uruguay. En los países donde no rige la Apostilla, se seguirán aplicando los procedimientos de legalización actuales.

Poderes Notariales
Poderes Notariales Extranjeros para ser Utilizados en Uruguay: Requisitos y Validez
En Uruguay, es frecuente que personas residentes en el extranjero deban otorgar poderes para ser utilizados en nuestro país. Sin embargo, no cualquier documento otorgado fuera de fronteras es inmediatamente válido: debe cumplir con ciertos requisitos legales y formales para que pueda producir efectos en territorio uruguayo. En este artículo, se detallan los aspectos normativos, prácticos y procedimentales que regulan el uso de poderes extranjeros en Uruguay.
1. Normativa Aplicable
El reconocimiento de poderes otorgados en el extranjero está regulado por:
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La Ley N° 18.362 (artículo 291), que establece la necesidad de ciertos requisitos para la utilización de poderes extranjeros en nuestro país..
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El Convenio de La Haya de 1961 sobre la Apostilla, del cual Uruguay es parte desde el año 2012.
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El Derecho Internacional Privado previsto en nuestra ley N° 19.920 art. 54 que se remite al Convención Interamericana sobre Régimen Legal de Poderes.
2. ¿Cuándo un poder extranjero es válido en Uruguay?
Para que un poder emitido en el extranjero tenga validez legal en Uruguay, debe cumplir con lo siguiente:
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Haber sido otorgado ante notario o cónsul uruguayo en el país de origen.
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Estar legalizado o apostillado, según si el país de origen es parte o no del Convenio de La Haya.
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En caso de estar en idioma distinto del español, contar con traducción pública.
3. Apostilla vs Legalización

4. Trámite de Validez en Uruguay
Una vez que el poder extranjero cumple con las condiciones anteriores, debe:
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Presentarse ante escribano público en Uruguay para su protocolización (incorporación al protocolo notarial).
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En caso de haberse otorgado en idioma extranjero, debe incluirse la traducción certificada junto con el original.
5. Recomendaciones para Evitar Rechazos o Demoras
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Verificar si el país de emisión del poder es parte del Convenio de La Haya.
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Asegurarse de que el poder tenga una redacción clara y suficiente conforme a derecho uruguayo.
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Consultar con un escribano uruguayo antes de emitir el documento, para adaptar su contenido si es necesario.
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Si es un poder para actos jurídicos relevantes (como transferencias inmobiliarias), considerar otorgarlo con cláusulas específicas.
Conclusión
Los poderes extranjeros pueden tener plena validez en Uruguay si se cumplen los requisitos de legalización, traducción y forma. La intervención de un escribano uruguayo es clave para asegurar su adecuada utilización y para prevenir observaciones por parte de registros o autoridades administrativas.
¿Necesitas usar un poder extranjero en Uruguay? Consulta con un escribano y asegurate de que tu documento sea válido y eficaz.
