Retribuciones Complementarias

Autorización de horas extras

Beneficiarios: Personal no docente

Normativa: Reglamento sobre autorización y pago de horas extras ( C.D.C. Res.102 de 31.10.89)

Concepto: Es el tiempo que se trabaja por sobre el volumen asignado, con la debida autorización, y sin superar los topes de 10 horas diarias y 48 horas semanales

Forma de pago: las horas extras trabajadas en días hábiles serán abonadas como tiempo y medio y las realizadas en días inhábiles como tiempo doble.
NOTA: se consideran días hábiles aquellos durante los cuales el funcionario trabaja normalmente;
Los inhábiles son los días de descanso del funcionario. Los cinco feriados pagos (1º. de enero, 1º. de mayo, 18 de julio, 25 de agosto y 25 de diciembre) se computan dobles, los demás feriados en forma simple.

Requisitos para la gestión:

  • a) solicitud fundada del servicio donde cumple funciones el funcionario. Se deberá tener en cuenta a todos los funcionarios capacitados para realizarlos y el criterio rotativo de las mismas;
    b) informe actualizado de características del cargo emitido por Sección / Departamento de Personal respectivo;
    c) informe actualizado de disponibilidad emitido por División / Departamento de Contaduría especificando tipo de solicitud, período y especificación de tipo de rubros ( presupuestales / extrapresupuestales);
    d) Resolución del Decano, Director del Servicio, Rector y Director del Hospital de Clínicas. Por períodos limitados no mayores a 90 días.

Órgano resolutor: Rector, Decanos, Director del Hospital de Clínicas

Compensación por horario nocturno

Beneficiarios: Personal no docente

Normativa: Ordenanza sobre compensación por horario nocturno (C.D.C. Res.65 de 27.10.86, DiarioOficial 10.04.1987)

Concepto: Es una compensación equivalente a un 30 % del sueldo básico por las horas nocturnas cumplidas entre las 21:00 y las 6:00 hs.

Requisitos para la gestión:

  • a) solicitud fundada del servicio donde cumple funciones el funcionario;
    b) informe actualizado de características del cargo emitido por Sección / Departamento de Personal respectivo;
    c) informe actualizado de disponibilidad emitido por División / Departamento de Contaduría especificando tipo de solicitud, período y especificación de tipo de rubros ( presupuestales / extrapresupuestales);
    d) resolución;
    e)notificación al funcionario

Órgano Resolutor: Rector, Decano o Director del Hospital de Clínicas, Directores de Institutos y Escuelas.

Radicación en el interior

Normativa: Ordenanza del Régimen de Compensación Especial por Radicación en el Interior( Res.65 de CDC de 3/4/89)

Beneficiarios: Docentes radicados en los centros y sedes universitarias del Interior

Finalidad: Compensar los gastos y las dificultades que deben hacer frente los docentes radicados en centros universitarios del Interior, variando el porcentaje si el docente tiene residencia habitual o no en el centro: si la tiene equivale a un 30% del sueldo básico) o si no tiene residencia habitual en cuyo caso equivale a un 15 % del sueldo básico durante los dos primeros años.

Requisitos:

  • Horario mínimo de 30 horas semanales.(40 hs en el caso de Facultad de Agronomía)
  • Incompatibilidad con todo otro sistema de estímulo a la actividad docente, con la dedicación total y la dedicación compensada

Situaciones de acumulación sólo podrán autorizarse cuando todos los cargos acumulados correspondan al centro universitario del interior y no superen las 48 hs. semanales.
El otorgamiento corresponde al Consejo que designó al docente, debiendo comunicarse al C.D.C. Plazo: se otorga por períodos cuya finalización coincida con el término de designación del cargo correspondiente

Organo resolutor: el Consejo que designó al docente.

Extensiones horarias

Concepto: Es la posibilidad de ampliar los volúmenes horarios semanales asignados a cada cargo por el presupuesto, por razones de Servicio, y con el acuerdo del funcionario.
*** No existe normativa al respecto, salvo las normas internacionales que limitan la duración de la jornada a 10 horas.

Requisitos para la gestión:

  • a) solicitud por el jefe inmediato para su funcionario docente o no docente, en formulario o nota al jerarca del servicio (Decano, Director),
    b) informe de disponibilidad de la División/ Departamento de Contaduría correspondiente
    c) formulario de calificaciones del último período que corresponda calificar ( finalizado el 28/2 de cada año).
    d) Informe de la Sección /Departamento de Personal con características del cargo ocupado por el funcionario, y de tener extensión horaria, último período por el que se otorgara

Órgano Resolutor:

a) en caso de Extensiones permanentes - C.E.D.-
b) transitorias de Oficinas Centrales, Escuelas y Servicios dependientes del C.D.C. - RECTOR. transitorias de Facultades, Escuelas e Institutos - Consejos y Comisiones Directivas de cada Servicio